El Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón, a través de la Concejalía de Juventud y Voluntariado, convoca para el año 2024 las subvenciones para la financiación de los proyectos de las entidades sin ánimo de lucro en el ámbito de la juventud.
Estas subvenciones están dirigidas a entidades cuya finalidad sea el desarrollo de actividades sin ánimo de lucro destinadas a jóvenes con edades comprendidas entre los 12 y los 30 años de edad a través del desarrollo de proyectos que fomenten el fortalecimiento del tejido social y la mejora de la calidad de vida y del bienestar de la ciudadanía en el término municipal por una cantidad máxima de 12.000,00 euros, a distribuir entre las distintas entidades y los diversos proyectos presentados que cumplan con las condiciones de la convocatoria.
Podrán ser beneficiarias las entidades que reúnan los requisitos siguientes:
- Se encuentren debidamente inscritas en el Registro de Asociaciones/Fundaciones de la Comunidad de Madrid o, en su caso, en los registros correspondientes a nivel estatal, conforme a lo dispuesto en el artículo 5.2 de la Ordenanza General Reguladora de Subvenciones.
- Que se encuentren inscritas en el Registro de Asociaciones Municipal de Pozuelo de Alarcón como asociaciones juveniles.
- Los beneficiarios de la ayuda deberán estar al corriente de las obligaciones con la Agencia Estatal de Administración Tributaria, con la Seguridad Social y con el Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón.
El plazo de presentación de solicitudes irá desde el día siguiente a la publicación de la convocatoria en el Boletín Oficial de la Comunidad de Madrid hasta el 15 de septiembre de 2024, incluido.
La solicitud, acompañada de la documentación complementaria correspondiente, deberá presentarse electrónicamente a través del Registro Electrónico del Ayuntamiento de Pozuelo de Alarcón, al que se podrá acceder a través de https://sede.pozuelodealarcon.es (Sección Registro Electrónico), así como en los restantes registros electrónicos de la Administración General del Estado, las Comunidades Autónomas, las Entidades que integran la Administración Local o el sector público institucional, según lo dispuesto en el artículo 16.4 a) de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
En todo caso, las solicitudes se habrán de formular mediante los documentos normalizados que estarán disponibles en la citada Sede Electrónica en Subvención para la financiación de los proyectos de las entidades sin ánimo de lucro en el ámbito de Juventud
Podéis consultar toda la información en la convocatoria.
Los anexos a presentar son estos: